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13/10/2015

Estimados Asociados:

Junto con saludar, recordamos a usted que hasta el 15 de Octubre del presente, se encuentra disponible la opción Declaración Jurada Anual de acuerdo a las obligaciones que impone el Reglamento RETC (D.S. N°1/2013 MMA), como también lo dispuesto en el Art. N°6 de la Norma Básica para la aplicación del Reglamento (Res. Ex. N°1.139/2014 MMA).

En la Declaración Jurada Anual, se debe dar fe de la veracidad de la información y la no existencia de omisión en los datos reportados a los sistemas y formularios que componen la Ventanilla Única del RETC.

Cabe señalar, que esta declaración jurada constituirá el único medio admisible para cumplir con la obligación de informar que impone el reglamento RETC, y su incumplimiento será sancionado de acuerdo al Art. N°35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Esperando que la información sea de interés,

Saluda atentamente.

Asociación Gremial de Industriales Químicos de Chile
ASIQUIM A.G.