Estimados Asociados:
Junto con saludarlo, informamos a Uds. que el pasado 10 de Julio se emitió en el sitio web del Minsal, la Consulta Pública para la propuesta de modificaciones del DS 78/2010. En esta propuesta de modificaciones, en general se incluyen indicaciones y disposiciones que mejoran la aplicabilidad del reglamento, sin embargo, se incluyen disposiciones y áreas de implementación que no estaban consideradas. En su resumen el Minsal indica como las principales de elementos de revisión los siguientes:
- Incorporar nuevas definiciones para hacer más clara la comprensión e interpretación del reglamento.
- Dar cuenta de situaciones no contempladas en la actual normativa.
- Detallar la forma y medio por el que se hará la declaración de almacenamiento de sustancias peligrosas, a través de la web.
- Evaluar de mejor manera aquellos requisitos que contribuían de manera muy baja a la reducción de riesgos en las empresas y que implicaban costos excesivos en su implementación o técnicamente eran difíciles de implementar.
- Reforzar las exigencias respecto a las mantenciones e inspecciones periódicas que requieren los equipos de seguridad, así como las mismas instalaciones de almacenamiento.
- Mejorar la información que se debe proporcionar en los envases que contienen sustancias o productos peligrosos, a través del etiquetado.
Además de lo anterior, habiendo sido parte de la mesa de trabajo que preparó estas modificaciones, sugerimos revisar también:
- El título de Almacenamiento en Isotanques y Contendores,
- Cambios en las disposiciones de almacenamiento de comburentes
- Nuevas metodologías de análisis de riesgo
- Cambios en la condición mínima para Autorización sanitaria
- Cambios en cantidades máximas para Bodega Común y Sustancias peligrosas para algunas clases de riesgo.
- Cambios en cantidades condiciones y distancias para líquidos y gases a granel
- Párrafo IV: Instalaciones para Almacenamiento a Granel en Área de Producción o Envasado
- Título V: Almacenamiento en Contenedores e Isotanques
- Título X: Almacenamiento de Sustancias Tóxicas, Corrosivas y Varias en Envases
- Artículo Transitorio
Independiente de los aspectos anteriormente mencionados, rogamos revisar en profundidad el documento en Consulta Pública.
El plazo límite que dio el Ministerio para recibir observaciones, es el 12 de septiembre de 2014. A pesar de que puede enviar directamente sus observaciones al Ministerio de Salud, rogamos enviar sus comentarios a Asiquim al correo asiquim@asiquim.cl hasta el 1 de septiembre. Lo anterior, a fin de preparar una respuesta consolidada con las observaciones que enviaremos al Ministerio a nombre de Asiquim.
Esperando esta información sea de su utilidad |